De Computationis Jure Opiniones Número 1691
Noviembre 23 de 2015

Una reforma tributaria estructural puede incluir modificaciones a, o la eliminación de, la obligación de presentar las declaraciones con la firma de un contador público. Esta intervención es muy importante para la profesión colombiana, para la cual esta es su principal práctica.

Se parte de la base que la intervención de los contadores públicos en los procesos tributarios apoya el pago de los impuestos y reduce los esfuerzos de fiscalización de la administración. Estos supuestos se ponen en duda cada vez que se descubren declaraciones incorrectas, lo que ha convertido a la DIAN en el principal denunciante de practicantes ante la Junta Central de Contadores.

En México el dictamen fiscal, obligatorio desde el año 1990, se convirtió en voluntario, a partir del 2014.

De manera que hay que alistarse para el debate que podría provocarse en el escenario de una reforma estructural. Si se elimina la intervención obligatoria de los contadores en las declaraciones tributarias, todo el caudal de servicios profesionales tendría que dirigirse hacia la consultoría en asuntos tributarios. ¿Este escenario significará un descenso en los honorariosprofesionales o, por el contrario, abrirá la puerta a que aumenten?

Los redactores de una futura norma podrían sostener que basta la labor que los contadores deben realizar cuando auditan estados financieros, específicamente las que tienen que ver con IAS 12 Income. Por lo tanto la discusión se desplazaría hacia la determinación de quienes estarían obligados a someter sus informes financieros a una auditoría.

Las auditorias, incluidas las estatutarias, implican un costo. Este se resarce cuando se logra aumentar la confianza en el buen manejo y en el futuro adecuado desempeño de la respectiva organización. La auditoría o la consultoría tributaria puede ser apreciada por los contribuyentes como un medio de ganar seguridad en que la autoridad tributaria no cuestionará con éxito sus denuncios rentísticos. Justificar estos servicios desde la óptica de los contribuyentes es totalmente distinto que argumentar a su favor desde la óptica del Estado, como ha sido hasta el momento nuestra tradición jurídica.

La profesión contable colombiana no está preparada para defender un tratamiento adecuado de su intervención en asuntos fiscales, porque la ha parecido natural, obvio, que la ley contemple que forzosamente los contribuyentes acudan a ella. Así las cosas, apenas tiene tiempo para estudiar el asunto y acoger una vía de acción en esta materia, en lo cual, como siempre es el caso, la academia debería tener qué decir.

Hernando Bermúdez Gómez