De Computationis Jure Opiniones
Número 1592, Octubre 12 de 2015

Los instrumentos de esa identificación, por lo general, son dos: el registro y la tarjeta. El primero se alimenta de las solicitudes aprobadas de ingreso a la profesión. La segunda no es más que un medio de comprobación de la realización del registro.

El registro censa la profesión. En algunos países los profesionales que no ejercen están obligados a reportarlo al registro. A fin de mantenerlo actualizado, las organizaciones registrantes aprovechan la acreditación periódica del cumplimiento de las obligaciones de educación continua, para revisar, completar o modificar sus datos. En la actualidad el registro es electrónico, gozando de todas las ventajas que supone acudir a la computación moderna.

Hay países en los cuales la ley organiza un registro único. En otros la ley permite a distintas organizaciones gremiales llevar el registro de sus miembros.

En algunos países se reconoce una sola profesión que ejerce diferentes especialidades. En otros algunas especialidades tienen el carácter de profesión, de manera hay pluralidad de registros. Por ejemplo, tratándose de los contadores, en ciertas jurisdicciones son profesionales distintos los contadores públicos, los contadores administrativos, los expertos tributaristas, los auditores internos, los contadores forenses, los peritos, etc.

En Colombia el registro de los contadores ha demandado ingentes esfuerzos de actualización. Al punto que, finalmente, la Junta Central de Contadores ordenó la actualización periódica de los datos de los inscritos en el registro (artículos 14 a 17 de la Resolución número 13 de 2014).

El fallecimiento de los inscritos fue durante mucho tiempo un factor de desactualización del registro. Ahora se sabe que han fallecido 3.930 contadores autorizados y 3.438 contadores titulados (acta 44 del Comité de Registro de la JCC). A 16 de septiembre de 2015 existían 205.813 profesionales “activos”, cantidad que excluye 24 cancelaciones del registro.

El registro ha adquirido la fisonomía de un directorio. En él se destacan las direcciones de correo electrónico, las cuales facilitan enormemente los procesos de información de la profesión.

En muchos lugares el registro tiene una duración indefinida. En otros él tiene que ser renovado periódicamente. En ciertas jurisdicciones, además de comprobar la educación continua, se debe demostrar que se han caucionado los posibles daños que el profesional pudiere causar con su ejercicio a sus clientes o al público, para lo cual son admisibles depósitos en garantía o seguros.

Creemos que por su naturaleza y finalidad el registro es público.

Hernando Bermúdez Gómez