Cuando por razones prácticas resultaba complejo que un sujeto retenido obtuviera los certificados de retención de cientos de clientes surgió el concepto de autorretención, que consiste en que el mismo sujeto retenido es quien se practica la respectiva retención, es decir ya no su cliente descuenta dicho valor sino que el mismo se autorretiene, declara y paga en la declaración correspondiente.

En el caso del CREE, la retención fue una condición de la Ley 1607 para  que partir  del  momento  en  que  el  Gobierno  Nacional la implementara  y  en todo caso  antes del  1 de julio de  2013,  dicho impuesto  se  destinaría  a la financiación  de  los  programas  de  inversión  social  orientada  prioritariamente  a beneficiar  a la población  usuaria  más  necesitada,  y que  estén  a cargo  del  Servicio  Nacional  de  Aprendizaje ­ SENA y del  Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF.

Lo que ocurrió es que al implementar el sistema los agentes retenedores se vieron ante la complejidad de la identificación de la actividad económica de cada uno de sus proveedores (sujeto retenido) y por ende la aplicación de una tarifa que podría incluso cambiar dependiendo del concepto facturado.

Adicional, al no definir montos mínimos a partir de los cuales se practica la retención entonces hubo otro problema complejo y eran los pagos menores, donde podrían existir retenciones del CREE de centavos. Igual ocurría con algunas actividades que tienen base especial tanto en renta como en CREE.

Pues bien, ante estas adversidades el Gobierno Nacional establece que “todos” los sujetos pasivos del CREE tendrán la calidad de autorretenedores a partir del 1 de septiembre de 2013.  Es decir, ya nadie le retendrá a nadie, simplemente cada uno se practica su propia retención, lo cual es muy cómodo por cuanto resulta fácil que cada quien defina su actividad y por tanto la tarifa aplicable.

Luego quienes no sean sujetos pasivos del CREE no practicarán autorretención alguna, tales como: 1.  Las entidades sin ánimo de lucro, 2.  Las sociedades declaradas como zonas francas al 31 de diciembre de 2012 o aquellas que  hubieren  radicado  la  respectiva  solicitud  ante  el  Comité  Intersectorial  de  Zonas Francas, 3.  Las personas jurídicas que sean usuarios de zona franca y que se encuentren sujetas a la tarifa especial del Impuesto sobre la renta del 15% establecida en el inciso primero del artículo 240-1 del Estatuto Tributario y 4.  Quienes no hayan sido previstos en la ley como sujetos pasivos del impuesto.

Cordialmente,

GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO

Columnista Vanguardia Liberal
Latin America Tax Partner – Baker Tilly
E-mail: [email protected]